Los presentes Términos y Condiciones establecen los compromisos que deberán asumir y cumplir las empresas beneficiarias del incentivo otorgado en el marco del Programa Provincial de Incentivo al Uso Racional y Eficiente de la Energía, durante el período de vigencia del beneficio.
- Carácter de Declaración Jurada
El registro en la página web del programa tendrá carácter de declaración jurada. Al completar y enviar el formulario de inscripción, la persona declara que la información proporcionada es veraz, completa y actual, asumiendo la responsabilidad correspondiente en caso de falsedad o inexactitud.
- Restricción de Beneficiarios
No podrán ser beneficiarios del presente incentivo, los organismos públicos del estado municipal, provincial o nacional.
- Beneficiarios habilitados
Pertenecer al sector agroindustrial exclusivamente de los rubros: Apícola, Avícola, Bodegas, Celulosa, Empaques, Forestal, Forrajero, Frigoríficos, Ganadería, Matadero, Olivícola, Piscicultura, Producción primaria de Frutas de Pepita, Carozo y Frutos Secos, Hortícolas y de Fruta Fina.
- Suministro de tarifas habilitadas
- Corresponder a suministros con tarifas T2, T3 y/o T4 del EPEN, en los rubros mencionados precedentemente.
- En caso de "los Productores", que no pertenezcan a las tarifas mencionadas del EPEN en el ítem a), que, independientemente de su tarifa, destinen su consumo a riego mecanizado-presurizado, sistemas frigoríficos de conservación, maquinaria de elaboración o actividades ganaderas (como bombeo de agua, ordeñe y sistemas automatizados) deberán presentar constancia de RENSPA 2026 y certificación por parte de la Subsecretaría de Producción (SSP).
- Para el caso de las demás prestadoras del servicio eléctrico, la inclusión al Programa de dichos beneficiarios, estará sujeta a la suscripción de los Convenios correspondientes con las respectivas Cooperativas.
- Estado de Cuenta con la Prestadora de Energía
El contribuyente deberá presentar la última factura del servicio eléctrico y no deberá registrar deudas con la empresa prestadora, según corresponda.
- Participación en Capacitaciones
Los beneficiarios se comprometen a participar activa y oportunamente en todas las capacitaciones de carácter comunicacional e informativo que la Provincia del Neuquén disponga en el marco del presente Programa. La no participación injustificada en dichas instancias podrá implicar la pérdida del beneficio otorgado.
- Auditorías de Verificación
La autoridad de aplicación del Programa estará facultada para realizar auditorías y visitas técnicas, con el fin de verificar la correcta implementación y cumplimiento de las medidas destinadas al uso racional y eficiente de la energía. Las empresas beneficiarias deberán brindar acceso a la información y a las instalaciones que se requieran para tales fines.
- Obligaciones de Los Beneficiarios
Para los beneficiarios previamente registrados no será necesario volver a cargar la totalidad de la documentación. Únicamente deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos correspondientes a la categoría en la que se encuentren inscriptos. A tal efecto, deberán reinscribirse a través de un registro único, donde deberán cargar la última factura de cada suministro y, en caso de corresponder, la constancia de RENSPA vigente para el año 2026.
Los beneficiarios deberán participar en las capacitaciones comunicacionales e informativas y permitir la realización de auditorías que la Autoridad de Aplicación disponga en el marco del Programa.
Aquellas empresas que hayan presentado y obtenido la aprobación de su "Plan de Mejora de la Eficiencia Energética" durante el ciclo 2025 podrán percibir el beneficio durante los doce (12) meses de vigencia del Programa 2026.
Los beneficiarios que se inscriban por primera vez en el Programa y cuenten con tarifas T2, T3 o T4 recibirán el incentivo de manera directa durante los primeros seis (6) meses. Para continuar percibiendo el incentivo una vez finalizado dicho período, deberán presentar y obtener la aprobación del Centro PyME-ADENEU del "Plan de Mejora de la Eficiencia Energética" antes de cumplirse los primeros seis (6) meses, requisito necesario para acceder al incentivo mensual correspondiente a los meses restantes.
Los "Productores" previamente caracterizados que se encuentren por fuera de las tarifas T2, T3 y T4 no estarán obligados a presentar el "Plan de Mejora de la Eficiencia Energética".